Infracciones y sanciones.

Sanciones.

a) Las infracciones leves con multa de hasta 50.000 pesetas.

b) Las infracciones graves con multa de 50.001 hasta 1.000.000 de pesetas.

c) Las infracciones muy graves con multa desde 1.000.00 1 hasta 10.000.000 de pesetas.

Además las autoridades competentes podrán adoptar sanciones complementarias dependiendo de la infracción como pueden ser el levantamiento de acta sancionadora por la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social, decomiso los vehículos, embarcaciones, aeronaves, y cuantos bienes muebles o inmuebles, de cualquier naturaleza que sean, hayan servido de instrumento para la comisión de la citada infracción, clausura del establecimiento o local desde seis meses a cinco años.

En las infracciones muy graves y en los supuestos b, d, y f, de las infracciones graves podrá aplicarse en lugar de la sanción de multa la expulsión del territorio español, previa la tramitación del correspondiente expediente administrativo.

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