DERECHO A LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política, su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley, su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos, así lo establece artículo 6 de la constitución.
El artículo 23 reconoce, el derecho a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes,libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal y el derecho a acceder a las funciones y cargos públicos en condiciones de igualdad.
La Ley 6/2002, de 27 de junio, de partidos políticos, desarrolla los preceptos constitucionales mencionados, regulando la libertad de creación y afiliación a los partidos políticos, la participación en los mismos, y los requisitos formales necesarios para su constitución e inscripción en el registro.