PLAZOS

Los plazos para presentar las solicitudes de alta son diferentes según el régimen del que se trate:

- En el Régimen General, solicitud de alta deberá comunicarse previamente al inicio de la relación laboral hasta 60  días naturales antes.

- Autónomos,  30 días naturales.

- Empleados del hogar, trabajadores fijos previamente al inicio de la relación laboral y cuando sean discontinuos el plazo será de 6 días naturales.

Los empleados de hogar fijos: son los que prestan servicios para un solo cabeza de familia durante un tiempo igual o superior a 80 horas de trabajo efectivo al mes.

- Los empleados de hogar discontinuos: son los que prestan sus servicios para uno o varios cabezas de familia, con carácter parcial o discontinuo, durante un mínimo de 72 horas de trabajo efectivo al mes, que han de realizarse, al menos, durante 12 días en dicho mes.

Las solicitudes de baja y de variaciones de datos deberán realizarse en el plazo de 6 días naturales.

La Tesorería General de la Seguridad Social podrá excepcionalmente, autorizar la presentación de las solicitudes de alta, baja y variación de datos de los trabajadores en otros plazos distintos a los establecidos con carácter general a aquellas empresas que justifiquen debidamente importantes dificultades para cumplirlos.

Igualmente que la solicitud de afiliación, la forma de solicitar alta, baja o variaciones de datos, podrá realizarla el empresario, el trabajador o la Tesorería General de la Seguridad Social.

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