BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios el cónyuge del causante y los separados o divorciados que no hubieran contraído nuevas nupcias, en este caso la cuantía de la prestación será proporcional al tiempo vivido en matrimonio con el fallecido. También podrán ser beneficiarios, quienes contrajeron matrimonio nulo, siempre y cuando el beneficiario no fuere declarado contrayente de mala fe.

CUANTÍA

La cuantía de la pensión se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje que corresponda legalmente.

ABONO

El abono de la pensión se realizará en un total de 14 pagas (12 mensuales y 2 extraordinarias en los meses de junio y noviembre)

Existen unas cuantías mínimas, según la edad y las cargas familiares. Cada año la pensión y dicha cuantía mínima se actualizará según el incremento del Índice de Precios al Consumo.

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